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Tribuna
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Gonçal Bayó Canut
- Sitges
- 04-01-2016 19:22
¿Cómo serán? Plebiscitarias, contituyentes, ¿y la DUI, que hacemos con ella?
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Ante la más que probable convocatoria a unas nuevas elecciones, en el próximo mes de Marzo del 2016, y vistos en los anteriores artículos en los cuales explicaba la Independencia de las tres Repúblicas Bálticas, llamada la ”Revolución Cantada” que sistema adoptaron para la proclamación de sus Independencias, así como el precio que tuvieron que pagar, por esta razón me he tomado la libertad de exponer las tres maneras posibles de obtención de la Independencia.
Nos encontramos pues con un posible desconocimiento de los significados y de las diferencias sustantivas entre los tres diferentes sistemas de Elecciones posibles, veamos pues en que se diferencian y las más frecuentes utilizadas en todo el Mundo..
Se dijo que las elecciones del pasado otoño en Cataluña serián plebiscitarias, pero cual es el significado de plebiscito.
Es un procedimiento jurídico, por el que se somete a una votacion popular un asunto de la máxima importancia para un Estado, en el que sólo cabe una respuesta binaria, un Si o un NO , a la pregunta que debe ser clara, facilmente comprensible y concisa en la cual se pide el apoyo de toda la población, en definitiva es un sinónimo de referéndum. lo que hemos de tener muy en cuenta esta afirmación, con objeto de tener una mayor comprensión de su significado..
El carácter Plebiscitario de una elecciones viene a mostrarnos el porque de su nombre, ya que se dá cuando la votación popular se encuadra dentro de dos bloques antagónicos entre si (en el caso deCataluña, estos son: Soberanía o Unionismo), con objeto de no tener duda alguna en la aprobación de una o la otra de las dos posiciones políticas.
ELECCIONES CONSTITUYENTES:
Este proceso tiene una características diferentes del anterior proceso:
* Es pacifico, no viene impuesto por nadie..
* Es consecuencia de una elecciones Constituyentes.
* Una Asamblea Constituyente debate sin ningun tutelaje, ni imposición alguna.
* La nueva Constitución que se elabore deberá haber sido hecha con la participación de todos y de abajo hacia arriba, con total libertad de acción.
* La Constitución, debe ser ratificada, modificada o aceptada, previamente, para despúes mediante un Referèndum vinculante normalmente denominado Referéndum Constitucional, ser aceptada por el pueblo.
El siguiente paso en el proceso, es Convocar a unas Elecciones Generales. Un proceso Constituyente es el inicio y orígen de la democracia en su más pura esencia y su objetivo no es otro que el de la creación de una nueva constitución diferente a la que tenemos en la actualidad, más moderna Justa y adaptada a las necesidades actuales de la ciudadanía. Es la mejor manera de llevar a cabo pacificamente una regeneración democrática, para articular las instituciones del nuevo Estado (LA REPÚBLICA CATALANA), así como la forma de gobierno de la misma, sometiendo su aprobación a la voluntad popular..
Creo interesante el dejar bien claro, la diferencia entre un PROCESO CONSTITUYENTE y una REFORMA CONSTITUCIONAL, (ya Que No son lo mismo) que es lo que algún partido de los de nuevo cuño, están vendiendo falazmente a la ciudadania española, uno de tipologia de izquierda radical y otro de derecha y extrema derecha, ambos nacionalistas españoles.
Reforma como su nombre indica es Modificar, parcialmente una CONSTITUCIÓN la actual en su momento nos fue impuesta y tutelada por politicos del regimen Franquista, por el mismo Rey Dn. Juan Carlos I, así como por los poderes fácticos de todos conocidos (Ejército y la Iglesia católica)..
En definitiva el mismo perro con diferentes collares, y así nos ha ido, una CONSTITUCIÓN con muchas lagunas, y de muy baja calidad democrática, la cual no fue redactada por los representantes del pueblo, elegidos expresamente para este magno cometido, y mediante una ASAMBLEA CONSTITUYENTE, en la que se incluyeron expresamente articulos como el 8º y el 10º que hacen practicamente inviable. el poder hacer una reforma de la misma.
Las diferencias con el PROCESO CONSTITUYENTE, son varias, alguna de ellas ya citadas en párrafos anteriores, como es que proviene del PUEBLO, que ES EL PODER CONSTITUYENTE, es GENERAL, INCLUSIVO y LEGITAMENTE DEMOCRATICO y la ciudadanía se hace así misma una nueva CONSTITUCIÓN, en la que se de pueda decidir su sistema político, los derechos que el pueblo pretende que manifieste como que sea Participativa y Representativa, o una de las dos opciones sólamente, (Participativa significa el control del Pueblo a los poderes del Estado).
La separación de los poderes públicos, tales como la administración de Justicia, la judicatura elegida y nombrada por los jueces, según criterios de valía, conocimientos y experiencias por ellos mismos, y sin ninguna clase de nepotismo, endogamia o intereses partidistas y políticos , sino solo como base fundamental los meritos propios que cada uno de los miembros de la judicatura tenga, así como sus valores y experiencias personales.
Desde el año 1991, se han producido numerosos PROCESOS CONSTITUYENTES, Colombia en el mismo año Venezuela en 1999, Bolivia en el 2007, Ecuador en el 2008, Islandia, Túnez muy recientemente, y ahora en estos momentos está en pleno PROCESO CONSTITUYENTE, Chile…
Declaración unilateral de independencia“DUI”
Una Declaración Unilateral de Independencia “DUI” es la variante de una Declaración de Independencia establecida cuando un GOBIERNO DE UNA ENTIDAD CONSTITUYENTE, de un ESTADO SOBERANO, POR SI MISMA SE DECLARA COMO UN ESTADO SOBERANO, sin tener un acuerdo FORMAL con el ESTADO del que se QUIERE INDEPENDIZAR.
Este sistema fue reconocido oficialmente por primera vez, por las Naciones Undidas, cuando Rhodesia se declaró unilateralmente Independiente del Reino Unido en el año 1965 sin ningún acuerdo con el otro estado.
A lo largo de la historia universal han utilizado este sistema de Independizarse, los siguientes Países:
* 1776 Estados Unidos del Reino Unido
* 1912 Albania
* 1919 Irlanda ( conflicto armado ) con el Reino Unido
* 1965 Rhodesia ( conflicto armado) con el Reino unido
* 1967 Biafra
* 1970 Bangladesh
* 1983 Chipre del Norte ( conflicto armado con Grecia )
* 1991 Croacia de Yugoslavia
* 1992 Eslovenia de Yugoslavia
* 1992 Abkhazia
* 2008 Kosovo de la R. Servia ( confirmada y validada por el Tribunal Superior de Justicia Internacional de la Haya) (*)
* 2014 Crimea (conflicto armado con Ucrania) (Confirmada y validada por el Tribunal Superior de Justicia Internacional de la Haya) (*)
(*) Este sistema para obtener la Independencia, ha sido largamente discutido por muchas naciones Occidentales, pero en el año 2010, el TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA INTERNACIONAL con sede en LA HAYA, falló en favor de Kosovo dando validez a la secesión y confirmadola Internacionalmente, en la actualidad ha sido reconocida por la mayoría de los 193 estados miembros de las Naciones Unidas, a excepción de algunos de ellos, de entre los cuales está el Reino de España. ( en la actualidad hay una serie de Estados, que están considerando y negociando el reconocimiento oficial, de entre los cuales hay muchos que ya tienen establecidos acuerdos comerciales, entre otras cosas, aún sin haber hecho oficial su reconocimiento como Estado Soberano ), lo cierto es que Kosovo pese a la presión de la República Servia, Rusia, y la República Popular China, subsistió y subsiste, con problemas menores de los que tenía cuando formaba parte de Servia, y ahora está en proceso de solicitud para la UE y la NATO.
En nuestro proceso Independentista, hay grupos y entidades politicas, que exigen que se aplique en CATALUÑA la DECLARACION UNILATERAL DE INDEPENDENCIA “DUI”, ante las negativas constantes por parte del Gobierno español, a AUTORIZAR un REFERÉNDUN, por que afirman que es anti-constitucional e ilegal, asi como no querer dar la autorización, necesaria para llevarlo a cabo , la realidad es que no hay voluntad alguna, para interpretar y aplicar correctamente las leyes Constitucionales por parte del Gobierno estatal, pasando a ser única y exclusivamente un problema político, nada a ver con ilegalidad alguna, si hubiese sido autorizado por el Gobierno español, como en Escocia lo hizo el Reino Unido o en Quebec por el Gobierno del Canadá.
Motivo por el cual se pide la “DUI”, ya que es totalmente imposible establecer dialogo y negociar este tema, con el actual Presidente del Gobierno español, y que es un tema de suma importancia para una gran mayoria de los ciudadanos de Cataluña, !la Independencia!, la DECLARACIÓN UNILATERAL DUI!, es un sistema que no necesita indefectiblamente la negociación o el acuerdo con el Gobierno español, y por consiguiente el más rápido de todos los anteriormente expuestos para poder conseguir la secesión, si bien es cierto que hay reacciones contrarias al mismo, y esto podría causarnos por parte de algunas naciones problemas, al retrasar ”sine-die” estas el reconocimiento del Nuevo Estado, La REPÚBLICA CATALANA, pero es preciso recordar de nuevo! la Viabilidad de Catalunya como Estado Soberano e Independiente!.
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